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Auxiliares de la Justicia

Son los agentes o actores que interactúan y sirven de apoyo para la solución de los conflictos en los tribunales, haciendo posible la asistencia judicial. Estos son: Notarios, Abogados, Alguaciles, Intérpretes Judiciales y Venduteros Públicos.

Abogado/a: Persona legalmente autorizada para defender en juicio los derechos de los litigantes y para dar dictamen sobre las cuestiones legales que se le consulten.  
 
Notario/a: Oficial público instituido para recibir los actos a los cuales las partes deban o quieran dar el carácter de autenticidad inherente a los actos de la autoridad pública y para darle fecha cierta, conservarlos en depósito y expedir copias de los mismos. Tiene facultad además, para legalizar las firmas o las huellas digitales de las partes, en la forma establecida por ley.

Intérprete judicial: Es una persona facultada, por la autoridad judicial, para interpretar, en el curso de una audiencia, de una instrucción, o para traducir documentos presentados en justicia, tanto en materia civil como en materia penal. Está igualmente facultado para hacer la traducción oficial, es decir, certificada conforme al original, de documentos destinados a ser utilizados por las autoridades administrativas o judiciales.

Alguacil: Oficial ministerial cuya misión consiste en notificar los actos de procedimiento y ejecutar las decisiones de la justicia y los actos auténticos provistos de fuerza ejecutiva, dentro del límite de su competencia. Hay de estrados y ordinarios.

Los alguaciles de estrados asisten a las audiencias, como miembro del tribunal, teniendo a su cargo el registro de las causas en Estrados o rol de audiencia y cuidar el orden dentro de la salas de audiencias. Están sujetos al horario y a las mismas obligaciones del personal del tribunal al cual pertenecen y devengan un salario fijo. Adicionalmente, pueden realizar las mismas funciones que el alguacil ordinario.

Los alguaciles ordinarios, ejecutan todas las funciones propias de su ministerio y sólo cobran los emolumentos de estos actos.

Vendutero público: Oficial público encargado de vender en subasta los objetos embargados o confiscados. El alguacil puede ser vendutero de los bienes que embarga.

A la Suprema Corte de Justicia le corresponde, de conformidad con la ley, la designación y juramentación de los oficiales públicos: Intérpretes Judiciales, Venduteros Públicos, Alguaciles y Notarios. En el caso de los Abogados la Suprema Corte de Justicia solamente les toma el juramento.


Formularios de Registros:

Tarjetas de Registros
Registro Nacional de Oficiales de la Justicia
Formulario para Abogados






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