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Misión de la Defensa Pública
Asistimos, asesoramos y representamos de manera permanente y continua a las personas que no tienen abogado o carecen de recursos económicos, sujetas a un proceso penal, mediante una defensa técnica y efectiva, ejercida por un personal altamente calificado, confiable y con vocación de servicio, que promueve el acceso a la justicia, el respeto a los derechos fundamentales y el debido proceso.
Visión de la Defensa Pública (2008)
Hemos consolidado una institución que presta defensa legal en materia penal, de manera independiente y profesional, a nivel nacional, promoviendo el respeto de las garantías y derechos fundamentales de las personas, la igualdad de las partes y el debido proceso.
Beneficiarios:
La resolución No. 512 –2002, dictada por la Suprema Corte de Justicia, se constituyó un sistema de defensa judicial destinado a personas de escasos recursos económicos. Pero con la aprobación de la Ley No. 277/04 que crea el Servicio Nacional de Defensa Pública la situación cambia radicalmente. El Art. 5 de la mencionada ley establece como uno de los principios que rige la institución la gratuidad para todas las personas que no cuentan con medios suficientes para contratar un abogado, pero al mismo tiempo dispone reglamentar y crear los mecanismos, criterios y tasas a aplicar a las personas que se comprueben mediante estudios, la solvencia económica cuando requieran o se le haya suministrado el servicio. Por lo que estamos trabajando precisamente en ese sistema de cobros.
Cobertura:
Hasta mediados del 2004 sólo contábamos con oficinas en el Distrito Nacional y Santiago, además de nuestra oficina central. Actualmente, contamos además con oficinas abiertas en la Provincia de Santo Domingo, San Pedro de Macorís, San Cristóbal, La Vega, San Juan de la Maguana, Barahona, San Francisco de Macorís y Montecristi.
Para este año 2006 pondremos en funcionamiento nuestra oficina en el recién creado Departamento Judicial de Puerto Plata y en los siguientes distritos judiciales: Mao, Monte Plata, Samaná, Bonao, Moca, Cotuí, Baní, La Romana e Higuey.
Leyes y Reglamentos:
- Ley No. 277-04, que crea el Servicio Nacional de Defensa Pública, de fecha 12 de agosto del 2004.
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Resolución
No. 1/2005. Resolucion Día
del Defensor Público,que declara el día veintiuno
(21) de diciembre de cada año como día Nacional
del Defensor Público.
- Resolución No. 02/2005 del Consejo Nacional de la Defensa Pública. Reglamentos para el cumplimiento de las funciones de los abogados de oficio.
- Resolución No. 3/2005 del Consejo Nacional de la Defensa Pública. Reglamento sobre la evaluación de desempeño de los defensores públicos y de la calidad del servicio de la defensa penal que presta la oficina nacional de la defensa publica.
- Resolución No. 04/2005 del Consejo Nacional de la Defensa Pública. Reglamento para sustituciones del defensor titular.
- Resolución No. 5/2005 del Consejo Nacional de la Defensa Pública. Reglamento de ética del Servicio de Defensa Pública.
- Resolución No. 6/2005 del Consejo Nacional de la Defensa Pública. Reglamento para la aplicación del régimen disciplinario
Listado
Nacional de Defensores Públicos
Listado de contactos Oficinas de Defensa Pública
Abogados de Oficio bajo la dependencia de la Oficina Nacional de la Defensa Publica
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