Qué es el Poder Judicial
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Día del Poder Judicial
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Misión y Visión
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Himno del Poder Judicial
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Directorio Judicial
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Estados de Ejecución Presupuestaria del Poder Judicial
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Organización del Poder Judicial _________________________
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Guía de la Jurisdicción Inmobiliaria
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Publicaciones del Poder Judicial _________________________
Coro y Rondalla del P. J. _________________________
Informaciones de interés
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Organigrama del Poder Judicial.
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Organización del Poder Judicial

El ordenamiento jurídico de nuestro país rige la competencia territorial.
Nuestro territorio esta dividido Departamentos Judiciales. En la actualidad 11 departamentos están en funcionamiento. En cada departamento judicial existe una corte de apelación ordinaria que puede tener plenitud de jurisdicción o estar divida en cámaras o salas civiles y/o comerciales y en cámaras o salas penales de la corte de apelación.  La Ley ha extendido el número de los tribunales y ha creado jurisdicciones especializadas, por esto hay departamentos judiciales que tienen cortes y tribunales de trabajo y cortes de apelación y tribunales de niños, niñas y adolescentes y tribunales superiores de  tierras y de jurisdicción original. 

Los tribunales de segundo grado en nuestro país son las cortes de apelación por regla general y son tribunales colegiados.  Hay 11 cortes de apelación ordinarias en funcionamiento de las cuales, tres tienen plenitud de jurisdicción y, las 8 restantes divididas en 8 Cámaras Civil y Comercial y 8 Cámaras o Salas Penales de la Corte de Apelación, con excepción en el Distrito Nacional que hay tres Salas penales y dos salas civiles. Además hay, 5 cortes de trabajo y 5 cortes de la jurisdicción de niños, niñas y adolescentes, un (1) tribunal contencioso tributario y dos (2) tribunales superiores de tierra para todo el territorio. En el departamento judicial  que no exista corte de apelación de trabajo o de niños, niñas y adolescentes, la competencia es atribuida a la cámara civil y comercial de la corte de apelación de ese departamento.

 En resumen, existen 40 tribunales de segundo grado, o cortes de apelación, en funcionamiento:
3 Cortes de Apelación  con Plenitud de Jurisdicción en los departamentos judiciales de Montecristi, San Juan de la Maguana y Puerto Plata.
9 Cámaras o Salas Penales de la Corte de Apelación, para cada una de los restantes departamentos judiciales: Barahona, La Vega, San Cristóbal, San Francisco de Macorís, San Pedro de Macorís, Santo Domingo, Santiago, con excepción en el Distrito Nacional que tiene tres salas, para un total de 11.
8 Cámaras Civil y Comercial de la Corte de Apelación. En los departamentos judiciales siguientes: Distrito Nacional, Santo Domingo, La Vega, Santiago, San Cristóbal, San Francisco de Macorís, San Pedro de Macorís, Barahona y San Cristóbal y el Distrito Nacional con 2 salas para un total de 10.
5 Cortes de Trabajo distribuidas en los siguientes departamentos judiciales: Una Corte para el Distrito Nacional, con  dos (2) salas,  La Vega, San Francisco de Macorís, San Pedro de Macorís, Santiago.
5 Cortes de Niños, Niñas y Adolescentes en los siguientes departamentos: San Cristóbal, La Vega, San Pedro de Macorís, Santiago y el Distrito Nacional.
1 Tribunal Contencioso Tributario
3 Tribunales Superiores de Tierra con asiento en el Distrito Nacional, en Santiago y en San Francisco de Macorís.

Los departamentos Judiciales se componen en distritos judiciales que determina la ley, y donde existe por norma, un tribunal de primera instancia por cada distrito judicial, que puede ser dividido en salas o cámaras y son tribunales unipersonales.

En el territorio nacional existen 34 distritos judiciales en donde habrá un juzgado de primera instancia ordinario que puede ser con plenitud de jurisdicción o que este divido en cámaras civil y/o comercial y penal. Además de los tribunales de trabajo, los tribunales de niños, niñas y adolescentes y los tribunales de tierra que determina la ley y que se pueda poner en funcionamiento por razones económicas y justificables. En la siguiente lista un total de 248 tribunales de primera instancia:
9 tribunales o juzgados de primera instancia con plenitud de jurisdicción
47 cámaras penales del juzgado de primera instancia.
50 juzgados de la instrucción
40 cámaras civiles y comerciales del juzgado de  primera instancia
23 juzgado de trabajo
24 tribunales de niños, niñas y adolescentes
31 tribunales de jurisdicción original
11 tribunales de la ejecución de la pena
11 tribunales colegiados de la cámara penal del juzgado de primera instancia.
2 tribunales de la ejecución de la sanción de la persona adolescente.

Los once (11) Departamentos Judiciales comprenden los siguientes Distritos Judiciales, dentro de los cuales se distribuyen la lista de los tribunales que antecede:
El Distrito Nacional
 Santo Domingo, que comprende los distritos judiciales de: Santo Domingo y Monte Plata.
Santiago, con los Distritos Judiciales de Santiago y Valverde.
La Vega, con los Distritos Judiciales de La Vega, Espaillat, Sánchez Ramírez y Monseñor Nouel.
Duarte, con  los Distritos Judiciales de Duarte, Salcedo, María Trinidad Sánchez y Samaná.
San Pedro De Macorís, con los Distritos Judiciales de San Pedro de Macorís, el Seybo, Hato Mayor, La Romana y La Altagracia.
San Cristóbal, con  los Distritos Judiciales de San Cristóbal, Peravia, Azua y San José de Ocoa.
Barahona, con los Distritos Judiciales de Barahona, Bahoruco, Independencia y Pedernales.
San Juan De La Maguana, con plenitud de jurisdicción, con los Distritos Judiciales de San Juan de la Maguana y Elías Piña.
Monte Cristi, con plenitud de jurisdicción, con los Distritos Judiciales de Montecristi, Dajabón y Santiago Rodríguez
Puerto Plata

Existen otros tribunales que son llamados de excepción o especiales que son:
     a) La Suprema Corte de Justicia que tiene competencia nacional y tiene 6 órganos jurisdiccionales:
1.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia
2.- Las Cámaras Reunidas
3.- Tres Cámaras: Civil, Penal y de Tierra, laboral, Contenciosa-Administrativo y Contencioso Tributario.
4.- El Presidente de la Suprema Corte de Justicia

b) 214 juzgados de Paz.

 

Marco normativo


La estructura básica del Poder Judicial  se rige por La Constitución Política (artículos 63 al 77),la Ley de Organización Judicial No. 821 del 21 de noviembre de 1927 y sus modificaciones, La Ley No. 25-91 del 15 de octubre del 1991, Orgánica de la Suprema Corte de Justicia, la Ley No. 156-97 del 10 de julio del 1997, que modifica la citada Ley No. 25-91, la Ley No. 169-97 del 2 de agosto del 1997, que reglamenta el Consejo Nacional de la Magistratura, la Ley No. 327-98 de la Carrera Judicial. Es necesario resaltar las últimas modificaciones a la Ley de Organización Judicial No. 821 de 1927, y son las contenidas en las leyes Nos. 50-00  del 26 de julio del 2000 y 141-02 del 4 de septiembre del 2002.

Cantidad de tribunales por departamento judicial.

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