Qué es el Poder Judicial
_______________________


Día del Poder Judicial
_______________________


Misión, Visión y Valores
_______________________

Bandera del Poder Judicial
_______________________

Himno del Poder Judicial
_______________________


Directorio Judicial
_______________________
Organización del Poder Judicial
_______________________
Departamentos Judiciales
_______________________


Jueces
______________


¿Quiere ser Juez?
_______________________



Pago de Impuestos
_______________________

Jurisdicción Inmobiliaria
_______________________

Escuela Nacional de la Judicatura
_______________________

Oficina Nacional de la
Defensa Pública
_______________________

Publicaciones del Poder Judicial
_______________________

Coro y Rondalla del P. J
_______________________

Informaciones de interés
_______________________


Qué es el Poder Judicial


El Poder Judicial es, de acuerdo a la Constitución y las leyes, la institución encargada de administrar justicia, a través de sus órganos especiales y jerárquicos llamados tribunales. Su función es asegurar el amparo, protección o tutela de los derechos que se hallan establecidos en las normas o leyes. El conjunto de todos estos tribunales constituye el Poder Judicial.


El sistema de justicia define un sector complejo, con instituciones pertenecientes a los tres poderes tradicionales del Estado, cuyo trabajo coordinado requiere de un proceso de reforma. En el mismo intervienen, los órganos legislativos, elaborando la Constitución y las leyes; el Poder Judicial, encargado de juzgar o resolver los conflictos, aplicando la Constitución y las leyes. El Ministerio Público, con funciones acusadoras en caso de delito de acción pública y de administración del sistema penitenciario.


El sistema de justicia constituye un engranaje de instituciones, dentro de las cuales el Poder Judicial desempeña un papel primordial. Pero en este conjunto se requiere que todas funcionen eficazmente, para que el sistema, actuando como una gran maquinaria, pueda satisfacer las necesidades de todos los ciudadanos.


Nuestro sistema Judicial proviene de los Códigos Franceses los cuales fueron traducidos y adaptados como leyes a nuestro sistema. La tradición jurídica es francesa. Nuestro sistema es mixto: es oral, escrito e inquisitorio.


La estructura básica del Poder Judicial Dominicano se rige por la Constitución Política (artículos 63 al 77); la Ley de Organización Judicial No. 821 del 21 de noviembre de 1927 y sus modificaciones. Es necesario resaltar la última modificación contenida en la Ley No. 141-02 del 4 de septiembre de 2002).


Regulan su funcionamiento, leyes especiales: el Código Civil, Código de Procedimiento Civil, el Código Penal Código Procesal Penal, el Código de Trabajo, el Código Tributario, el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, Código Monetario y Financiero, Código de Comercio, Ley de Procedimiento de Casación; La Ley de Registro Inmobiliario, la Ley No. 327-98 de Carrera Judicial, la Ley No. 46-97 de Autonomía Presupuestaria del Poder Legislativo y Judicial, modificada por la Ley No. 194-04 y otras normas y leyes de importancia.


El Poder Judicial es independiente de los demás Poderes del Estado. Goza de autonomía administrativa y presupuestaria otorgada por la Constitución y por la Ley No. 46-97 modificada por la Ley No. 194-04 en cuanto a que establece el monto presupuestario.


El Poder Judicial dominicano cuenta con 450 tribunales y 87 salas para un total de 537 tribunales y salas en funcionamiento; 565 jueces activos y 155 plazas vacantes de jueces; 5,400 empleados administrativos, 310 empleados contratados y 225 empleados interinos, para un total de 5,935 empleados administrativos, cifras que arrojan un total de 6,655 miembros del Poder Judicial, distribuidos en tribunales de distintas instancias y jurisdicciones que forman parte de once (11) Departamentos Judiciales en funcionamiento. (Datos reportados al mes de enero de 2009).


Fuera del ámbito judicial existen otros tribunales a los cuales la Constitución y las Leyes les otorgan el poder de resolver conflictos. No forman parte del Poder Judicial. Estos son: La Junta Central Electoral, que dirime los conflictos a consecuencia de las elecciones; el Tribunal Policial (Ley No. 285 de 1966 con sus modificaciones); el Tribunal Militar (Ley No. 3489 de 1953).

 

 

 

 

 



Todos los derechos reservados. Suprema Corte de Justicia, República Dominicana. Dirección de Informática. Copyright 1997-2006.