DIRECCIÓN
GENERAL DE LA CARRERA JUDICIAL.
Creada mediante la Ley 327-98, de fecha 11 de agosto de 1998, entre sus funciones se destacan:
Asistir a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en la formulación de programas, normas y políticas de la carrera judicial. Administrar todos los procesos inherentes a la carrera judicial, desde el ingreso de los jueces, en base al mérito personal, hasta la evaluación del desempeño, así como elaborar y vigilar la aplicación de sistemas técnicos que aseguren la plena vigencia de la misma. Organizar registros y expedientes individuales para los jueces del Poder Judicial (PJ) que incluyan: su historia y datos personales; un informe anual de trabajo; así como todas las informaciones necesarias para evaluar su rendimiento y su conducta moral en la comunidad.
Asesorar y asistir técnicamente a los organismos del PJ, en relación con las funciones respectivas que les correspondan en materia de carrera judicial. Administrar el plan de retiro, pensiones, jubilaciones y de seguridad social del PJ.
Asistir a la Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ) en la coordinación del sistema nacional de adiestramiento de funcionarios del PJ.
Manejar y administrar los recursos necesarios para el adecuado y eficaz funcionamiento de los tribunales de la República.
Llevar un Registro de Elegibles (RE), que incluya los nombres de las personas que deseen ingresar a la Carrera Judicial (CJ), con indicación de los datos requeridos por la ley a esos fines. Someter a la aprobación de la SCJ un sistema uniforme y equitativo de remuneración para todos los integrantes de la CJ.
UNIDAD DE SEGUIMIENTO DE CASOS.
Esta unidad fue creada por disposición de la Suprema Corte de Justicia, en junio del 2001. Depende de la Dirección General de la Carrera Judicial.
Su propósito es darle seguimiento a los casos pendientes de fallo que se encuentren en los diferentes tribunales del país procurando agilizar el proceso de conocimiento de los expedientes y ofrecer a los ciudadanos un mecanismo a través del cual puedan expresar sus reclamos.
Los casos de reclamación deberán ser presentados por escrito al Director General de la Carrera Judicial y depositados ante el Representante de Seguimiento de Casos, indicando el numero del expediente, fecha y tribunal apoderado. El reclamante debe suministrar sus datos de identificación personal y el lugar donde pueda ser informado con relación a la solicitud formulada.
Dirección
para Asuntos de la Carrera Judicial
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