Historia
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Composición y competencia de la SCJ
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Marco normativo
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Jueces de la SCJ _________________________


Designación y elección de jueces _________________________


Organización Administrativa de la SCJ
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Directores y encargados departamentales
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Dependencias
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Discursos del presidente de la SCJ
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Oficiales de la Justicia
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Fijaciónes de AudienciaCámaras SCJ
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Boletines Judiciales
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Expedientes Secretaría Gral. SCJ
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Recorrido virtual a edificio SCJ
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Inauguraciones
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Informaciones de interés
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Organización Administrativa

En la labor administrativa y llevándonos del organigrama administrativo, la Suprema Corte de Justicia cuenta con cinco (5) brazos fundamentalmente, como puede observarse a continuación:

1. Presidencia
2. Dirección General de la Carrera Judicial
3. Dirección General Técnica
4. La Escuela de la Judicatura
5. La Oficina Nacional de la Defensa Pública.

I.- PRESIDENCIA.
El Presidente de la Suprema Corte de Justicia es la máxima autoridad administrativa, competente para tramitar todos los asuntos de naturaleza puramente administrativa, en virtud de las Leyes de Organización Judicial, de Casación, Orgánica de la Suprema Corte de Justicia, de Autonomía Administrativa y Presupuestaria .Se asiste de los siguientes auxiliares y departamentos para el desempeño de sus funciones: Ante Despacho, Secretaria General, Auditoria, Comunicaciones, Departamento de Niñez, Adolescencia y Familia, Protocolo, Seguridad, Inspectoría Judicial, Junta de Retiros, Pensiones y Jubilaciones, además de la direcciones generales.



II.- DIRECCIÓN GENERAL DE LA CARRERA JUDICIAL.
Es el órgano central y coordinador de los sistemas de gestión de recursos humanos del Poder Judicial, cuyas atribuciones y funciones se establecen en la Ley de Carrera y en su reglamento, que de manera amplia podemos resumir en que asiste a la Suprema Corte de Justicia en la formulación de programas, normas y políticas de la carrera judicial. Administra todos los procesos inherentes a la carrera judicial, desde el ingreso de los jueces, hasta la evaluación del desempeño. Organiza registros y expedientes individuales para los jueces del Poder Judicial que incluyan: su historia y datos personales; un informe anual de trabajo; cantidad de sentencias y autos dictados; así como todas las informaciones necesarias para evaluar su rendimiento y su conducta moral en la comunidad. Asiste a la Escuela Nacional de la Judicatura en la coordinación del sistema nacional de adiestramiento de funcionarios del Poder Judicial. Esta Dirección para la ejecución y supervisión de los procesos técnicos y operativos de la Carrera Judicial y administrativa judicial, está asistida por dos direcciones: La Dirección para Asuntos de la Carrera Judicial y la Dirección para Asuntos Administrativos. De cada una de las dos direcciones en que se divide la Dirección General, dependerá los órganos de asesoramiento y asistencia técnica, encargados de diseñar e implementar los sistemas de gestión de recursos humanos del Poder Judicial y supervisar su ejecución, ellos son:

· Dirección Para Asuntos de la Carrera Judicial, comprende:
División de Estudio de Recursos Humanos; División de Registro de Personal; División de Oficiales de Justicia; División de Reclutamiento y Selección; División de Evaluación del Desempeño y la División de Seguridad Social.

· Dirección Para Asuntos Administrativos, la integran :
Control Financiero que la integran la División de Ejecución Presupuestaria y División de Nominas; Contabilidad; Activo Fijo; Tesorería; Tramite y Correspondencia; Cotizaciones y Seguimientos de Compras; Transportación; Almacén; Mantenimiento; Nomina; Mayordomía; Oficina Administrativa Regionales; Ingeniería (con la División de Supervisión de Obras); Administración del Fondo de Pensiones y Jubilaciones y la Unidad de Seguimientos de Casos.


III- DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA.


Es el órgano que formula, implementa y supervisa los planes y proyectos de desarrollo que, en coordinación con las demás áreas del Poder Judicial, permiten la eficientización permanente a través de la aplicación de métodos, tecnología y personal altamente calificado que apoyan las reformas para el fortalecimiento y modernización de la administración de justicia.

Creada con el objetivo de asegurar el cumplimiento del Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo con participación de las distintas áreas y departamentos, así como diseñar y coordinar los planes, proyectos, procedimientos, contenidos y acciones que aseguren un enfoque integral de los mismos. Para lograr sus objetivos principales cuenta con el apoyo de:

· La Dirección de Planificación Y Proyectos (integrada a su vez por la
División de Estadísticas Judiciales, División de Formulación Presupuestaria, División de Sistemas y Procedimientos, División de Programas y Proyectos) y,

· La Dirección de Informática;
· Además, bajo Dirección Técnica están las unidades siguientes: Venta de Boletines y Publicaciones, Bibliotecas, Sentencias y Publicaciones, Unidad Técnico Jurídica y Unidad de Reproducción de Documentos.


IV.- ESCUELA NACIONAL DE LA JUDICATURA.

La Escuela Nacional de la Judicatura es una institución adscrita a la Suprema Corte de Justicia, responsable de coordinar el sistema nacional de formación y capacitación del Poder Judicial. Adscrita a la Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana, creada mediante la Ley de Carrera Judicial del 11 de agosto de 1998. Enfocados a contribuir con la excelencia en el sistema de administración de justicia implementa un conjunto de programas dirigidos a satisfacer todas las necesidades de capacitación de los integrantes del Poder Judicial y, en la medida de lo posible, cooperar con la capacitación y renovación de los demás actores del sector justicia, a la vez que intentan enriquecer el acervo jurídico nacional y las relaciones entre los distintos actores de las comunidades jurídicas nacional e internacional.

En Septiembre del 2001 la Escuela Nacional de la Judicatura fue escogida a unanimidad como sede de la Secretaría Pro Tempore de la Red por un período de cinco años. En su categoría de sede de dicha Secretaría, la ENJ se constituye en sede temporal de la Red Iberoamericana de Escuelas Judiciales RIAEJ y en responsable de la coordinación de los trabajos de ésta y de la facilitación de sus relaciones con organismos nacionales e internacionales y otras instituciones afines.

V.- OFICINA NACIONAL DE DEFENSA PÚBLICA.

Aprobaba mediante Resolución No. 512-2002 dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, el 19 de abril del 2002, con la finalidad de organizar, dirigir y garantizar la prestación de servicios de defensa judicial técnica, prestada de manera eficaz, oportuna, gratuita y permanente, a personas de escasos recursos económicos. Esta depende administrativamente del Poder Judicial, pero goza de independencia funcional y técnica.

Muy recientemente, el 12 de agosto del 2004 fue promulgada la Ley No. 277-04 sobre el Servicio Nacional de la Defensa Publica que regula la organización, atribuciones y funcionamiento del Servicio de Defensa Pública que ofrece la Oficina Nacional de Defensa Pública. Sus disposiciones son de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional.

El Servicio de Defensa Pública está conformado por: Consejo Nacional de la Defensa Pública, La Dirección Nacional de la Oficina; Los Coordinadores Departamentales; Los Coordinadores Distritales; Los Defensores Públicos; Los Defensores Públicos Adscritos; El personal administrativo y técnico.

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